Señales V20, obligatorias en portabicicletas coche

Visto: 128016

señal panel V20Cada vez que tenemos que transportar las bicis en nuestro coche nos asalta la misma duda: ¿es obligatorio poner las señales V-20 en mi portabicicletas que va enganchado a la bola del coche?

En muchos casos las ponemos por miedo a ser multados, pero desconocemos si realmente estamos obligados a ello. Otros deciden colocar sólo una placa en el centro por resultar más cómodo y fácil de anclar a la bici. Y en la mayoría de ocasiones, si nos atenemos a la cantidad de coches que vemos en las carreteras con el remolque bola de portabicis sin las placas, deciden no colocar ningún tipo de señal por considerar que no son obligatorias, ya que piensan que es suficiente con las luces y la tercera matrícula que suele llevar el portabicicletas de bola... Luego están los que colocan las bicis detrás "en plan mochila", en lo que se conoce como portabicicletas de portón, y tapan completamente las luces de freno, intermitentes, matrícula... Estos últimos son carne de multa en 3, 2 ó 1...

Pues bien, lo cierto y legal es que SÍ es obligatorio señalizar con las dos placas V20 formando una uve invertida la carga que sobresale por detrás y cubre todo lo ancho de nuestro vehículo, a pesar de que nuestro portabicicletas lleve las dos luces rojas de posición, intermitentes e incluso la tercera matrícula adicional iluminada. El dibujo que presentamos a continuación es bastante clarificador al respecto. En él se observa la medida máxima de ancho del vehículo (1.884 mm - color verde) y la medida máxima de ancho del vehículo incluyendo los retrovisores  (2.154 mm - color azul). Utilizando este dibujo a modo de ejemplo vamos a explicar las posibles situaciones que nos podemos encontrar al colocar nuestra bici en el portabicicletas a modo de remolque suspendido en la bola de nuestro vehículo:

  • dibujo señal v20 placas portabicis cocheSegún el Reglamento General de Circulación, la carga puede sobresalir por detrás del turismo hasta un 10% de su longitud y un 15% si ésta es indivisible.

  • Si dicha carga posterior tapa la matrícula y las luces, debemos llevar un porta matrículas con iluminación, tanto luces de posición, luz de freno e intermitentes.

  • Si la carga es inferior a la anchura del vehículo sin incluir los retrovisores (anchura inferior a 1.884 mm en nuestro dibujo), es suficiente con colocar una placa de señal V-20. De hecho, la mayoría de los coches que vemos en las carreteras con señal V20 llevan sólamente una placa. Nosotros este aspecto no lo tenemos tan claro, ya que el artículo 15 del Reglamento General de Circulación dice que "cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga formando una V invertida...". Como vemos, el Reglamento no entra en ningún momento a valorar la medida exacta a partir de la que se considera toda la anchura de la parte posterior del vehículo. Quizá por ello, se ven tantos portabicicletas con tan sólo una placa, ya que consideran que no cubren toda la anchura sin los retrovisores. Como prácticamente la bici ocupará todo el ancho del vehículo (sin contar retrovisores), nosotros, por si acaso, preferimos poner las dos placas aunque falten unos centímetros para ocupar toda la anchura del vehículo sin contar con los retrovisores laterales.

  • Si la carga es igual o sobresale de la anchura del vehículo sin retrovisores, pero no sobresale si incluimos los retrovisores (anchura superior a 1.884 mm, pero inferior a 2.154 mm, según nuestro dibujo), es obligatorio llevar dos señales V20 con las líneas en forma de V invertida. Aquí no hay duda que valga. Hay que tener en cuenta, además, que en la mayoría de coches utilitarios y a poco que nuestra bici sea de un tamaño normal, superaremos la anchura del coche sin incluir los retrovisores. En este apartado la polémica está servida, porque realmente el reglamento prohibe que los vehículos que no estén destinados al transporte de mercancías (los coches no lo están) puedan llevar una carga que sobresalga de la anchura del vehículo, y hay que tener en cuenta que los retrovisores no entran dentro de la anchura del vehículo, ya que se calcula según la proyección en planta del vehículo sin contar con los retrovisores (contar los retrovisores sería como si para medir la altura de un vehículo se incluyera la antena). ¿Entonces qué hacemos? Nuestro consejo es que si tu bici ocupa justo la anchura del vehículo (sin contar los espejos retrovisores) o falta poco para que la alcance totalmente o la supera en unos pocos centímetros, le pongas dos placas V20 a la bici, porque la carga estará sobresaliendo longitudinalmente toda o casi toda la anchura del vehículo por la parte posterior... incluso es probable que sobresalga un poco más (sin incluir los retrovisores); pero la lógica es que si de la anchura del coche pueden sobresalir los retrovisores, ¿por qué no van a poder sobresalir las ruedas de la bici un par de centímetros o tres por cada lado del coche sin superar su anchura incluyendo los retrovisores, teniendo en cuenta que eso no afecta a la estabilidad del vehículo? (Esto es lo que suponemos que pensará el Guardia Civil para no multarte).

  • Si la carga supera el ancho del vehículo incluyendo los retrovisores (anchura superior a 2.154 mm, en nuestro dibujo), debes saber que está prohibido circular así, ya que ningún turismo puede hacerlo con una carga que sobresalga por los laterales del vehículo de esta forma si no eres un vehículo especialmente destinado para ello. También es verdad que ya tiene que ser la bici grande y el coche pequeño para que pase esto, por lo que no nos debe preocupar demasiado... pero si pasa, no irás legal.

  • Las luces y la tercera matrícula es independiente de las señales V20. Se deben llevar siempre que tapemos las luces y la matrícula que lleva nuestro coche de serie.

  • Los coches que llevan la bici en plan "mochila" y tapan las luces con los conocidos como portabicicletas de portón trasero (hay casos en que quedan tan arriba que no tapan ni la matrícula ni las luces, por lo que no se les aplica este punto) deben llevar la tercera placa de matrícula visible y las luces, además de las placas de señalización V20.

  • Las placas de señal V20 deben ser homologadas según la normativa técnica, no pudiendo sustituirse ni por trapos rojos, ni placas pintadas a mano, ni siquiera podemos cortar las placas por la mitad por resultar más cómodo y ofrecer menos resistencia al viento, ya que dejarían de estar homologadas al no cumplir con las medidas técnicas previstas que tienen como fin que puedan ser identificadas fácilmente tanto de día como de noche. Las características de la señal V20 vienen recogidas en el Anexo XI del Reglamento General de Vehículos donde se contempla que deben ser de aluminio, de color blanco y rojo, y con un borde redondeado, así como la medida de las mismas que ha de ser de 50x50 cm. De ahí que no sea correcto cortar una placa por la mitad y convertirla en 2 placas como si fuéramos Jesús en el Monte de las Bienaventuranzas multiplicando los panes y los peces.

  • Ahora, la pregunta del millón: ¿suelen multar por no llevar las placas? La respuesta, si empleamos 10 minutos en buscar por Internet, parece que es SÍ. Algunos hablan de multa de 80 € sin puntos, otros de guardias civiles que sólo advierten, otros de que ya hay que ser muy mala persona para multar por no llevar las placas teniendo en cuenta que ya llevas tercera matrícula y luces adicionales, hay quien dice incluso que la Guardia Civil tiene una circular interna que aconseja no multar a los vehículos que lleven un portabicicletas trasero con sus luces y su matrícula, pero hay justo quien dice lo contrario: que la circular interna lo que dice es que sí deben ser multados si no llevan la señal V20... Yo, personalmente, no he recibido nunca ninguna multa por ello; aunque también es verdad que hace ya muchos años que circulo usando las dos señales V20. Sólo puedo compartir a modo anecdótico que no hace mucho tiempo me paró un Guardia Civil y tras revisar el coche y los papeles me dejó marchar tranquilamente; y llevaba el portabicicletas con las dos placas V20 y la carga sobresalía un poco de la anchura del vehículo (unos 2 ó 3 cm a cada lado) sin superar la anchura total incluyendo los retrovisores.

 Esta información la hemos extraído echando un vistazo a la distinta normativa que regula este aspecto, así como a distintas páginas web en Internet. Indicamos a continuación nuestras fuentes por si queréis consultarla más detenidamente:

     - Real Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre, por el que se aprubea el Reglamento General de Vehículos.
     - Foro de policías y guardias civiles donde discuten largamente sobre ello: https://www.foropolicia.es/foros/portabicicletas-en-el-enganche-del-remolque-placa-v-20-t43078.html?sid=42a9ba965ed4b4d906b73c1e5d5776c4
    

En este vídeo puedes comprobar cómo un compañero ciclista coloca perfectamente las dos señales V20 enganchándolas con bridas a las ruedas de la bicicleta una vez colocada en el portabicicletas:

Nosotros no tenemos ninguna duda, y pensamos que SÍ es obligatorio llevar las dos señales V20 cuando transportamos nuestra bicicleta en un portabicis enganchado a la bola del remolque de nuestro turismo. Lo cierto es que se ven muchos coches por la carretera sin dichas placas, lo que nos da a entender que no se está multando de forma generalizada... y nos alegramos de ello. Pero no sólamente hay que tenerle miedo a las multas, ¿qué ocurre si tenemos un accidente y nos golpean por detrás, destrozándonos las bicis, y el seguro del vehículo que nos choca por detrás se defiende diciendo que tú no circulabas correctamente por no llevar debidamente señalizada la carga posterior con las placas V20? (Lo sé, menudo escalofrío está recorriendo tu cuerpo ahora mismo...)

 ¡Al fin y al cabo, lo importante es que seamos vistos!

ADVERTENCIA: Este artículo no tiene ningún valor legal. Por sí mismo no es prueba de nada, ni puede ser utilizado como garantía en ningún procedimiento sancionador, ya que está redactado según nuestra propia experiencia y nuestra forma particular de interpretar las leyes que regulan esos aspectos sin ser juristas.

Nuestras mejores fotos de Instagram

¡Sigámonos y hagamos camino juntos! @jaf_dificultad_baja

    Nuestro vídeo destacado en Youtube

    Subir

    En esta web usamos cookies propias y de terceros. Al navegar aceptas el uso de las mismas.